Un pueblo indígena es un conglomerado humano diferenciado, que habita en un espacio geográfico, posee características culturales propias, una organización social y una historia común. En nuestro país, al igual que el resto del continente americano, habitan diversos pueblos indígenas, los cuales son descendientes de todos aquellos originarios que poblaron el continente americano desde hace 15.000 años atrás, y constituyen un factor fundamental de nuestra identidad. La población indígena venezolana en la actualidad, alcanza alrededor de 183.000 habitantes (CENSO 2001), todos agrupados en 33 pueblos, 7 reconocidos nuevos y 3 pueblos inmigrante de la hermana República de Colombia.
Vocablos o idioma de origen indígena
Auyama, Aguacate, Araguaney, Atol, Arepa, Batata, Cacao, Cambur, Caraota, Casabe Cachapa, Coroto, Cocuyo, Guacamaya, Guarapo. Chicha, Chinchorro, Chocolate, Hallaca, Jojoto, Maraca, Mecate, Yuca.
Ubicación geográfica de los pueblos indígenas de Venezuela
Amazonas: Yanomami, Guajiros, Wojtüja (piaroa).
Anzoátegui: Kariña
Apure: Wayúu, Pumé (Yaruro).
Bolívar: Pemon, Panara y Kariña, Eñepa (Panare), Uruak (Arutani)
Delta Amacuro: Warao
Monagas: Kariña, Warao, Chaima
Sucre: Kariña, Warao, Chaima
Zulia: Wayúu o Guajiros, Añú, Yukpa, Bari
Mapa del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas de la República Bolivariana de Venezuela
En la República Bolivariana de Venezuela desde la Constitución aprobada por el pueblo en 1999, se le reconoce legítima y legalmente a los Pueblos Indígenas,como parte de un largo proceso de lucha que desarrollaron pueblos indígenas, personalidades y organizaciones por este justo reconocimiento.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Capítulo VIII: De los Derechos de los pueblos indígenas” , en su artículo 119, establece: “El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su habitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida.
Corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley.”
Es una importante labor de los docentes de nuestras escuelas estudiar, conocer y reconocer la herencia indígena, tomar conciencia sobre la manera como educamos en torno a los hermanos índigenas y conocer por lo menos una de las lenguas de alguno de nuestros pueblos.
Puedes ver la publicación digital en:
http://issuu.com/utiebsanagustin/docs/herencia_ind_gena._apuntes_para_la_reflexi_n
Niñas Wojtuja. Fotografía Emilio Guzmán.
Archivos Proyecto Ciudad Compartida
Auyama, Aguacate, Araguaney, Atol, Arepa, Batata, Cacao, Cambur, Caraota, Casabe Cachapa, Coroto, Cocuyo, Guacamaya, Guarapo. Chicha, Chinchorro, Chocolate, Hallaca, Jojoto, Maraca, Mecate, Yuca.
Ubicación geográfica de los pueblos indígenas de Venezuela
Amazonas: Yanomami, Guajiros, Wojtüja (piaroa).
Anzoátegui: Kariña
Apure: Wayúu, Pumé (Yaruro).
Bolívar: Pemon, Panara y Kariña, Eñepa (Panare), Uruak (Arutani)
Delta Amacuro: Warao
Monagas: Kariña, Warao, Chaima
Sucre: Kariña, Warao, Chaima
Zulia: Wayúu o Guajiros, Añú, Yukpa, Bari
Mapa del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas de la República Bolivariana de Venezuela
En la República Bolivariana de Venezuela desde la Constitución aprobada por el pueblo en 1999, se le reconoce legítima y legalmente a los Pueblos Indígenas,como parte de un largo proceso de lucha que desarrollaron pueblos indígenas, personalidades y organizaciones por este justo reconocimiento.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Capítulo VIII: De los Derechos de los pueblos indígenas” , en su artículo 119, establece: “El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su habitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida.
Corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley.”
Es una importante labor de los docentes de nuestras escuelas estudiar, conocer y reconocer la herencia indígena, tomar conciencia sobre la manera como educamos en torno a los hermanos índigenas y conocer por lo menos una de las lenguas de alguno de nuestros pueblos.
Puedes ver la publicación digital en:
http://issuu.com/utiebsanagustin/docs/herencia_ind_gena._apuntes_para_la_reflexi_n
que bueno por que ami me mandaron a investigar sobre los waraos
ResponderEliminarA mi tambien
Eliminarmaricos
ResponderEliminarGrosera malditra perra
EliminarGrosera p decir groseria no te enser motra m a decir goseria que esta mal goseraaaaaa
EliminarGracias por la información ha gente que no la aprecia
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